Vista la solicitud formulada por los ciudadanos FATIMA RODRIGUEZ DE TABLANTE, LORENA VALERY TABLANTE RODRIGUEZ y MARCEL ALEXANDER TABLANTE RODUIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titular de la cedula de identidad N° V-4.118.112, V-16.724.456 y V-18.324.675, respectivamente, debidamente, asistidos de abogado, mediante el cual solicitan se les declaren como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS respecto al De-Cujus JOSÉ MIGUEL TABLANTES RIVAS, ex titular de la cédula de identidad N° V-3.608.042, fallecido en fecha, Cuatro (04) de febrero de dos mil veinticinco (2025), según Acta de Defunción N°004, de fecha cinco (05) de febrero de dos mil veinticinco (2025), la cual corre inserta en el Libro de Registro Civil de Defunción de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas, estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para .....