Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA de DOS (02) AÑOS DE PRISION, impuesta al ciudadano HECTOR ENRIQUE MOSQUERA SOTO, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació en fecha 20 de Mayo de 1966, de 40 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, domiciliado en Alcabala Vieja, Los Dos Cerritos, escalera gerina casa N° 95, Parroquia Carlos Soublette, Titular de la cédula de identidad N° V-6.497.085, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el 376 único aparte en relación con el ordinal 1º del articulo 374 ambos del Código Penal y como consecuencia de ello su LIBERTAD PLENA, al haber operado la prescripción de la misma, conforme a lo establecido en el artícu.....