éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a la ciudadana GREIZY ISABEL OKEDA URBINA DE CAMACHO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-18.534.089, y a sus hermanos GREUSNY EULIMY OJEDA URBINA, GREUSLIMAR NAZARETH PINTO URBINA, GREUSLIMAR NAZARETH PINTO URBINA Y LISANDRO JOSÉ PINTO URBINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-20.005.721, V-20.784.298, y V-24.177.731, con respecto la de Cujus: ZAIRA ISABEL URBINA SÁNCHEZ, quien falleció en fecha 02/10//2016 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-11.639.956, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.