Oídas las exposiciones de las partes y analizadas las actas del expediente, este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECRETAN MEDIDAS CAUTELARES al imputado ALBERTO EDUARDO SAEZ MADRID, plenamente identificado al inicio de la presente acta, de conformidad con lo previsto en el art. 256 ordinales 3ª 5ª y 6ª del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ULTRAJE AL PUDOR previsto y sancionado en el articulo 381 del código penal, por lo que deberá presentarse cada treinta (30) días ante la oficina de alguacilazgo, prohibición de acercarse a las victima y prohibición de acercarse al lugar de los hechos. SEGUNDO: De igual forma, vistas y analizadas las condiciones de modo, lugar y tiempo en que se producen los hechos y la detención del imputado, se decreta la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, todo de conformidad con .....