Se SUSPENDE LA MEDIDA, decretada en fecha seis (06) de abril de 2004, mediante la cual SE PROHIBIO a la parte demandada Sociedad Mercantil PROMOTORA PERVEN 2235 C.A., ENAJENAR y GRAVAR, los siguientes inmuebles: 1)Apartamento 8-A, ubicado en el piso 8 del edificio "Sol de Oro", situado en la urbanización La Llanada, sector Camuri Chico, Parroquia Caraballeda, Estado Vargas, con una superficie aproximada de ciento un metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados (101,75 Mts2), constante de las siguientes dependencias: Sala comedor, cocina, lavandero, balcón, pasillo, tres dormitorios con closet, dos baños, alinderado por el NORTE: fachada norte de la torre; SUR: fachada sur de la torre; ESTE: apartamento 8-B y OESTE: fachada oeste de la torre, le corresponde un puesto de estacionamiento distinguido con el Nº 13, ubicado en el nivel sótano 1 y un maletero distinguido con el Nº M-09, ubicado en el nivel sótano 1; 2) Apartamento 8-B, situado en el piso 8 del edificio "Sol .....