En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano JEAN CARLOS GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, titular de la cédula de identidad V-12.509.201, de profesión u oficio desempleado, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 20-03-1973, casado, hijo de padre desconocido y de Ana Isabel González (f), residenciado en SITUACION DE CALLE, teléfono 0414-128.14.35, a cumplir la pena de UN AÑO (01) Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 453 en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos.
SEGUNDO: Se le condena igualmente a cumplir las penas acc.....