CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria intentada por el ciudadano FELIX BLANCO SALINAS, en su carácter de Fiscal Quinto (E) del Ministerio Publico del Estado Vargas, actuando en nombre y representación de la niña WILKARYS DEL VALLE MERIDA LADERA, de tres (03) años de edad en contra del ciudadano WILMERT JOSE MERIDA QUERALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.322.112, en consecuencia se Fija la cantidad de OCHENTA MIL TRESCIENTOS OCHO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs.80.308,80) MENSUALES la Obligación Alimentaria para la referida niña. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) sumas adicionales, por la cantidad de OCHENTA MIL TRESCIENTOS OCHO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs.80.308,80), cada una en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año como Bonificación Escolar y Bonificación Especial de Fin de Año, respectivamente cantidades que deben ser descontadas del sueldo que percibe el ciudadano WILMERT JOSE MERIDA QUERA.....