Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el escrito de Transacción, suscrito entre los ciudadanos JOAO MANUEL DE ABREU Y JOSE GERARDO DE ABREU PETIM y la Sucesión del de cujus VICTOR MEZA DIAZ, ante la Notaría Pública Tercera del Estado Vargas, en fecha 03 de octubre del año dos mil ocho (2008), la cual fue presentada mediante escrito por los profesionales del derecho LORENA MACHIN ALVAREZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada y GUILLERMO ENRIQUE DE LOS RIOS ALVARADO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; en la sede de este despacho y en presencia del Juez motivo por el cual se acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el artículo 255 de.....