ADMITE totalmente la solicitud presentada por el Dr. Gerardo Toledo, en su condición de Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del imputado José Raúl Briceño, portador de la cédula de identidad V-10.398.110, de nacionalidad Venezolano, natural de Valera, Estado Trujillo, nacido en fecha 14/8/66, de 36 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Seguridad, hijo de RAMON BRICEÑO (F) y MARIA MECEDES GONZALEZ (V), residenciado en: Barrio La Agricultura, Casa N° 10, Petare, Caracas, quien fuera detenido el 6/04/03, por Funcionarios adscritos a la Dirección de Transporte y Tránsito Terrestre del Estado Vargas, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Culposas, previsto y sancionado en el ordinal 2° del artículo 422 del Código Penal vigente.