Ahora bien, vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente y visto igualmente el acta que antecede, este Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 513, segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Administración de Bienes, presentada por el ciudadano ILMER ANTONIO OLLARVES MENDOZA, en beneficio y garantía de los derechos de su prenombrada hija, heredera de su madre hoy fallecida, ciudadana CAROLINA NAJAHIR GARCIA DE OLLARVES, para lo cual se acordó librar los correspondientes oficios a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Educación y por ante el Director del IPASME, a los fines de que remitan cheque de Gerencia a nombre de la adolescente de marras, p.....