En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN DE LA PENA, impuesta en sentencia firme al ciudadano penado LEONIDAS ARTURO MORENO quien es de nacionalidad Venezolana, lugar de nacimiento Caracas, nacido en fecha 22-08-1958, de 55 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Vigilante, hijo de Leonidas Corredor Forero y de Rosaelena Moreno de Mendoza, residenciado en: Avenida Intercomunal de Macuto, Edificio Santa María, piso 03, apto 06, sector los conucos, el Cojo, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nro. V.-5.598.887, mediante la cual se le condenó a cumplir la pena de DOS (02) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 413, del Código Penal.