En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA, impuesta mediante sentencia firme al ciudadano PEDRO LUIS RIVAS MENDOZA, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 04-07-1991, de estado civil soltero, de profesión u oficio soldador, de 18 años de edad. titular de la cédula de identidad N° 20.005.153, domiciliado en Calle Real de Montesano, Sector Virgen del Valle, escalera B, Casa s/n, Maiquetía, Estado Vargas, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.