Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada NUBIA CASTRO de HIDALGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.323, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana DOLORES ELENA CALDERA GODOY, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-396.124, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de fecha siete (07) de octubre de 2015, mediante la cual declaró Inadmisible la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, interpuesta por la ciudadana DOLORES ELENA CALDERA GODOY, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-396.124, contra la Sociedad Civil URBANIZADORA MARES, debidamente inscrita ante el Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Vargas del Estado Vargas, bajo el Nº 4, Pto. 1º, Tomo 3 del año 1952, la cual se CONFIRMA. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQU.....