Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos DINORA MILAGROS DÍAZ SÁNCHEZ, JEANNY DARLENE BAPTISTA DIAZ, CINDY DIORLENE BAPTISTA DIAZ, JHON LUIS BAPTISTA DIAZ y LUIS ALBERTO BAPTISTA DIAZ y de JOHAN LUIS BAPTISTA MARTÍNEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.574.057, V-17482856, V-17959073, V-16105288, V-18756519 y V-13.043.566, respectivamente, con respecto a su causante, LUIS ALBERTO BAPTISTA OCHOA, dejando a salvo el derecho de terceros.