Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: El SOBRESEIMIENTO a la presente solicitud presentada por los ciudadanos, ANA CARINA BORGES ROJAS y LUIS ALBERTO RODRIGUEZ RIVAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.713.733 y V-15.831.145, respectivamente, en virtud de la oposición formulada por el ciudadano, LUIS JOSE HERNANDEZ CASERES, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 6.801.607, de conformidad con los establecido en el artículo 901 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE TITULO SUPLETORIO, Y ASÍ DECIDE.
Publíquese, regístrese y déjese copi.....