Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. ANCCELUT PRIETO MALDONADO, en su condición de Fiscal Superior Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, protección a los ciudadanos: LEANYER ENRIQUE CÁRDENAS PALACIOS, venezolano, natural del estado Vargas, de profesión u oficio: obrero, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.192.952,residenciado en: Las Tunitas, Sector La Torre, Segundo Tanque, casa s/n, Parroquia Catia la Mar, estado Vargas, y a su madre LUX MARINA PALACIO BUILIS, venezolana, natural del estado Mérida, de profesión u oficio: Ama de Casa, de 47 años de edad, titular de la cédul.....