Por las razones antes expuestas, esta Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: IRIAN JOSE GOMEZ BLANCO y LISBETH JOSEFINA BURGOS DE GOMEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.826.194 y V-11.060.177, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 24 de abril de 2003, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia de Catia la Mar, del Municipio Vargas, del estado Vargas.-
De conformidad con lo establecido en el Articulo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con relació.....