PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano ARRECHEDERA ALEJO JESUS ARMANDO, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, con fecha de nacimiento el 09 de Julio de 1.979, de 22 años de edad, de Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Obrero, hijo de Maria Alejo y de Mercedes Arrechedera, titular de la Cedula de Identidad Numero V: 14.450.776, de los cargos Fiscales Formulados por el Ministerio Publico, al principio de esta Audiencia Oral y Publica y que en las conclusiones correspondientes, como parte de buena fe solicitara la absolución de dichos cargos, de conformidad con lo establecido en los artículos 363 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Exime del pago de Costas Procesales al Estado, por cuanto el mismo actuando de buena ha solicitado la Sentencia Absolutoria de los acusados, de conformidad con lo establecido en los artículos 265, 266 y 268 todos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda y Ordena la Destrucción por Incineración de la Sustancia Estupef.....