DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano CESAR ENRIQUE ROJAS TORRES, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, lugar de nacimiento La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 16-01-1993, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de padre desconocido y de Jeannette Torres (V), titular de la cédula de identidad N° V-24.801.460, residenciado en: Brisas del Aeropuerto, torre 07, piso 02, apartamento 2-A, Parroquia Urimare, Catia la Mar, estado Vargas, teléfono: 0416-403.25.44, teléfono 0414-378-11.36, conforme a lo previsto en con los artículos 471, 474 Y 482, todos del Código Orgánico Procesal.
Publíquese, diarícese, notifíquese.....