Vista la solicitud formulada por la ciudadana MYRIAM ROSA AVILA DE CARDOZA, titular de la cedula de identidad N° V-24.805.225, quien solicitó de se le declare a ella y a sus hijos JHON JAIRO CARDOZA AVILA, ANA YAMILETH CARDOZA AVILA y ANA ROSA CARDOZA AVILA, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto de el de cujus: DOMINGO CARDOZA, ex titular de la cédula de identidad número V-2.096.640, fallecido en fecha 01/09/2016. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de las mencionadas ciudadanas, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MYRIAM ROSA AVILA DE CARDOZA, JHON JAIRO CARDOZA AVILA, ANA YAMILETH CARDOZA AVILA y ANA ROSA CARDOZA AVILA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.805.225, V-12.642.438, V-16.725.958 y V-18.142.441, en su orden, con respecto del de cujus DOMINGO CARDOZA, tod.....