Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por el ciudadano JOSE ESTEBAN CAÑIZALEZ SOTO, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio suficiente a su favor, sobre una bienhechuría, cuyos linderos y medidas, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicada en Cerro Las Lluvias, Parte alta, Jurisdicción de la Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas, del estado La Guaira, tal como se evidencia del informe de inspección Nº DPPCUC-CTM-232-2021, emanado de la Dirección del Poder Popular para el Control Urbano y Catastro, Coordinación de Catastro. Vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el espacio de terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas "no es propiedad del Municipio Vargas", por lo que habiendo constancia en autos del respectivo certificado, cuyo contenido se adminicula a.....