Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de conversión en divorcio de la separación de cuerpos formulada por los ciudadanos CINTHIA PATRICIA FERREIRA ARMENIO y LEANDRO JOSE GAVIDEZ MACHUCA, titulares de las cedulas de identidad nros. V-18.154.126 y V-14.260.906, respectivamente, fundamentada en el artículo 189 y 190 del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial, contrajeron matrimonio civil en fecha 29-12-06, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador.
De conformidad con lo establecido en el Articulo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, con relación .....