Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos FELIX ERNESTO SANCHEZ BLANCO, FELIX PASTOR SÁNCHEZ, MARCO ANTONIO SÁNCHEZ BLANCO, LIGIA TAMARA SÁNCHEZ BLANCO, VLADIMIR SÁNCHEZ BLANCO y YAMILA SÁNCHEZ BLANCO mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-6.136.371, V-980.294, V-6.068.152, V-6.136.370, V-10.110.815 y V-7.927.925 con respecto a su causante, LIGIA BLANCO DE SANCHEZ. Dejando a salvo el derecho de terceros.