Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, ACLARA el fallo dictado en fecha 26 de Abril de 2016, por este Tribunal de conformidad con la solicitud realizada por la abogada HILDA FATIMA PEREZ FERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97.601, quien actúa en su propio nombre y representación, en consecuencia, donde se lee: "...PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa promovida por la parte demandada, JUAN CARLOS ESCOBAR SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-24.722.293, debidamente representado por el abogado JUAN LUIS TORRES RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.575, prevista en el ordinal 7º del artículo 346 del Código de Procedim.....