DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho Dr. JUAN CARLOS GOYO, en su carácter de Defensor Público Séptimo Penal Ordinario Fase de Proceso del estado Vargas, del ciudadano RICARDO ALEXANDER QUINCHE CARUTO , identificado con la cédula Nº V-23.657.371, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 20 de marzo de 2017, mediante la cual decretó LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra del precitado ciudadano, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código penal, en virt.....