DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía del Ministerio Público y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida contra de la ciudadana VALERY GONZALEZ Y OTRA CIUDADANA POR IDENTIFICAR, por cuanto es imposible incorporar nuevos elementos a la investigación, encontrándose prescrita la acción penal, de conformidad con el numeral 3° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 49, ordinal 8, eiusdem.