CONDENA al Ciudadano: DÍAZ DOS SANTOS AGOSTINHO, quien es de nacionalidad portuguesa, natural Santa Ren, Portugal, titular de la Cedula de Identidad N° E-81. 973. 663, donde nació el día 23-04-65 de 39 años de edad, hijo de MANUEL PEREIRA DOS SANTOS y PIEDAD DÍAZ, residenciado en Nueva Esparta, Calle el Saco, casa S/N, sector el Poblado, Porlamar, A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento Penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de la aplicación del Procedimiento Por Admisión de los Hechos previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal;