DECRETA en contra del ciudadano JOSÉ GREGORIO VARGAS RONDON, quien dijo ser: de Nacionalidad Venezolana, Natural de Puerto Ayacucho, con fecha de nacimiento el 12 de Julio de 1974; de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de Profesión u Oficio Comerciante, hijo de CARMELA VARGAS y de AMELIA RONDON, residenciado en San Bernardino, Calle 10, Edificio Los Samanes, Piso 02, apto. 22, Caracas, titular de la Cedula de Identidad Numero V:12.451.106, las medidas Cautelares previstas en el articulo 256 en sus ordinales 3º 4º, 6º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes, la prevista en el ordinal 3º en la presentación por ante este despacho cada quince días una vez sea dado de alta clínica; la prevista en el ordinal 4º, consistente en la prohibición de salir sin autorización del Tribunal de la Jurisdicción del Tribunal, y del país; la prevista en el ordinal 6º consistentes en la expresa prohibición de mantener comunicación con victimas, testigos o funcionarios aprehensores de la.....