AUTORIZA EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al ciudadano CARLOS LUÍS CASTELLANO TERÁN, quien es de nacionalidad Venezolano, nacido el 25-01-1974, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector Áticos, casa Nº. 57 Maracaibo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº 13.290.321, condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento, de la Ley Orgánica contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para momento en que se inicio el presente proceso penal, debiendo pernoctar el citado ciudadano en el ÁREA DE DESTACAMENTARIOS DE LA CÁRCEL NACIONAL DE MARACAIBO ESTADO ZULIA, obligándose al mismo a cumplir las condiciones .....