Por las razones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio Del Circuito Judicial Penal de La Circunscripción Judicial Del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano RAFAEL ENRIQUE GOMEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Valencia, Estado Carabobo, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio soltero, hijo de Jesús Gómez y Gladiola Arizama, Indocumentado y residenciado en Caraballeda, Barrio Blanquita de Pérez, Parroquia Caraballeda, Estado Vargas, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.....