Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud hecha, por el abogado en ejercicio PEDRO SEBASTIAN GIL MARIN, quien actuando con el carácter de defensor privado del Ciudadano AHMAD ABDELNABY, quien dijo ser de nacionalidad Estadounidense, titular del pasaporte N® E- 21603298, en poder efectuar la entrega de sobre las divisas extranjeras por la cantidad de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS EUROS (33.900C); por cuanto los Tribunales Penales en Función de Ejecución, solo les corresponde ejecutar las penas y las medidas de seguridad impuestas mediante sentencia definitivamente firme y visto claramente que con relación a lo antes descrito, no pesa ninguna medida de confiscación u otro gravamen, que haya sido decretado en las sentencias emitidas por los tribu.....