Visto el libelo de la demanda y los recaudos acompañados, no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley este Tribunal la admite. En consecuencia se ordena el emplazamiento de la ciudadana CARMEN ROSA CAVADA CORTIZO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.306.230, para que comparezca por ante este Juzgado al segundo (2do.) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, con el objeto de dar contestación a la demanda que por COBRO DE BOLIVARES POR CUOTAS DE CONDOMINIO incoara en su contra ADMINISTRADORA FIGUEIRA BIENES Y RAÍCES C.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 25 de Junio de 2001, anotado bajo el Nº 37, Tomo 11-A, representada por su Presidenta DAMELYS MANICA FIGUEIRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.715.310. Dicha comparecencia deberá ser de.....