Se HOMOLOGA el escrito de Transacción, presentado por el ciudadano ILYAS AHMAR HANOCH, quien es venezolano, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº. V-7.992.502, debidamente asistido por la profesional del derecho MARÍA TERESA BRITO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 76.065, en su carácter de parte actora y el ciudadano MIGUEL ANGEL RONDON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.294.641, quien actúa en su propio nombre y en su carácter de Presidente de la empresa INVERSIONES ANGELITO CENTER C.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, bajo el N° 16, tomo 20-A, de fecha 21 de septiembre de 2006, debidamente asistido por el profesional del derecho RAMIRO CHINCHILLA BERMUDEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 26.811, parte demandada en el presente procedimiento, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el artículo 255 .....