DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por EXTINCION DE LA ACCION PENAL, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previstas y sancionadas en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, vigente para la época en que sucedieron los hechos, seguida contra el ciudadano: FRANK RICARDO CORREDOR NUNEZ, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, de 26 años de edad, soltero, profesión u oficio carnicero, titular de la cédula de identidad Nº V-13.672.325, residenciado en Diez de Marco, Bloque Nº 06, piso Nº 07, letra E, apartamento Nº 78, Parroquia Raúl Leoni, Estado Vargas, donde aparece como víctima la ciudadana: (IDENTIDAD OMITIDA), de 16 años de edad para la époc.....