SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud de revocación de medida cautelar sustitutiva de libertad realizada por la Defensora Pública Penal, Dra. ARELIS BEATRIZ NAVARRO, en su carácter de defensora del ciudadano RONNY OSCAR MEJIAS ROMERO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 18.676.514, de 24 años de edad, de estado civil soltero, natural de Caracas, de profesión u oficio Mensajero, hijo de Muselina Maria Romero (v) y Oscar Jesús Mejias Quintana (v), residenciado en Caracas UD-7, Ruiz Pineda, bloque 01, apartamento 102, Telf. 0212- 431.83.43, por cuanto a la presente fecha, no han variado las circunstancias que motivaron el decreto de la misma, SE NIEGA LA REVOCACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al ser esta necesaria para garantizar las resultas del proceso, en consecuencia se acuerda MANTENER LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA prevista en el Artículo 256 numeral 8 º del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la fianza personal dictada en decisión de fecha 21.....