PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Un Instrumento Privado, interpuesta por la ciudadana NENA MORAIMA NARANJO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 17.724.364, con número telefónico, 0414-7527948, con domicilio en San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil, contra los ciudadanos co-demandados, DAYSI YRENE PINTO DE LOPEZ, DARREL ENRIQUE LOPEZ PINTO y DAIREE MARIA LOPEZ PINTO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 4.612.461, V.- 12.815.378 y V.- 14.042.120, con domicilio en el Barrio el Lobo Calle 1, Quinta Daysi, San Cristóbal, Estado Táchira, la ultima con do.....