Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA intentada por la ciudadana YONAIDA TERESA CARVALLO PEREIRA, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.484.967, respecto al ciudadano FREDDY OMAR VIVAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.095.692.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara Concubina a la ciudadana YONAIDA TERESA CARVALLO PEREIRA, del ciudadano FREDDY OMAR VIVAS RAMIREZ, por el periodo que se inició en el año 1.995 y del cumulo de probanzas, quedo determinado que el con.....