Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA la medida de protección solicitada por la Representación Fiscal a favor del ciudadano RICHARD JOSE RODRIGUEZ SOJO, de nacionalidad Venezolana, de 38 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Agente Aduanal, residenciado Residencia Casa Mar, Urbanización La Llanada, Piso 06, Apartamento 06-B, Parroquia Caraballeda, Estado Vargas, con teléfono de ubicación N° 0414-242.25.41 y titular de la cedula de identidad N° V- 11.059.997 y a su grupo familiar, en consecuencia se ordena al Jefe del Destacamento 53 de la Guardia Nacional Bolivariana con sede en el Estado Vargas, que comisione a funcionarios adscritos a dicho Instituto, mas cercana al domicilio de la víctima a objeto que constituya apostamiento policial diario de m.....