DISPOSITIVA
Por la anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR A EMITIR PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL, respecto a la solicitud en relación al escrito presentado por el ciudadano: JAVIER MARCANO LOZADA, Fiscal Décimo del Ministerio Público del Estado Vargas, conjuntamente con la Fiscalía Sexagésima Sexta (66) del Ministerio Público con Competencia a Nivel Nacional, por cuanto este Tribunal ya acordó dicha solicitud en fecha 28 de octubre de 2008, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese, notifíquese a la Policía Municipal del Estado Vargas, que dicho recorrido será por el lapso de (02) DOS MESES (28-10-2008) y déjese copia.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,
DRA. MARIA E.....