DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE a la ciudadana DULCE MARIA AYALA, quien es de nacionalidad, venezolana, natural de la Guaira, titular de la cédula de identidad número V- 6.496.335, nacida en fecha 11-10-1965, de 42 años de edad, de estado civil casada, de profesión u oficio del hogar, hija de Carlos Lucambio y Rosa Ayala, residenciada en: San Felipe, entrada a la Hoya, Estado Yaracuy, de los cargos fiscales formulados por el Ministerio Público y que en este acto como parte de buena fe solicito la absolución de conformidad a lo establecido en el artículo 108 ordinal 7°, 363 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se exime del pago de Costas Procesales al Estado, debido a que la Constitución de la República Bolivaria.....