DECRETA el cese de las medidas cautelares, establecidas en el artículo 256 ordinales 3, 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, impuestas al ciudadano RODRIGUEZ RODRIGUEZ LUIS ANTONIO, quien es venezolano, natural de Cariaco, Estado Sucre, de 28 años de edad, con fecha de nacimiento 24-05-75, de estado civil soltero, hijo de Senobia del Carmen y Cándido Rodríguez, de profesión u oficio camionero, con residencia en Gramoven, callejón 19 de abril, casa N° 33 Caracas, titular de la cédula de identidad N° 12.289.913, en virtud del ARCHIVO FISCAL decretado por la Dra. BEATRIZ MORALES; en la presente causa, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.