PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO, ESTO ES:
A.- ADMITE la calificación jurídica atribuida por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, al acusado HENRIQUES BORGA JOSÉ FRANCISCO, de nacionalidad portuguesa, natural de Caldas de Jaina Portugal, nacido en fecha 04 de enero de 1985, de 22 años de edad, soltero, profesión u oficio Montador de hornos en fábricas Fortel, portador del pasaporte de la República de Portugal N° J376649, hijo de JOSE TOJAL BORGA y ANA MARÍA BORGA, residenciado en Cua Escaya, Padre Luis Germano, calle 1, N° 2540-44, Bambajal, Portugal.
B.- ADMITE TOTALMENTE LOS MEDIOS PROBATORIOS DEL MINISTERIO PÚBLICO, ESTO ES:
Queda así ADMITIDA TOTALMENTE las pruebas del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal.
De lo anterior expuesto, queda así ADMITIDA TOTALMENTE la acusación del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 ordina.....