PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA:
Vistas las pruebas promovidas por el abogado GREGORY A. IFILL B, domiciliado en Caracas, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-15.663.363, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 185.028, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Clínica Alfa, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Sexto de la Circunscripción Judicial del entonces Distrito federal y estado Miranda, el día 15 de octubre de 1997, con el Nro. 73, Tomo 11-A Sto, (demandada), el Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser las mismas manifiestamente ilegales o impertinentes, dejando a salvo la apreciación que de ellas se haga en la definitiva.
A los fines de la evacuación de la Prueba de Informes, ofíciese a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN), ubicada en la avenida Francisco de Miranda, Urbanización la Carlota edificio SUDEBAN, Municipio Sucre del estado Miranda, a .....