DISPOSITIVA.-
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano EDWIN JOSE LEAL YEMIÑAMI, identificado con cédula de identidad V-19.272.117, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, donde nació en fecha 07/01/1991, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mensajero, hijo de Félix Leal (v) y Amarilis Yemiñami (v), residenciado en: Maiquetía, sector La Vuelta, casa s/n, de color rosada, la primera casa de la entrada del callejón, Canaima, Montesano, parroquia Carlos Soublette, estado Vargas, teléfono: 0412-380.51.67, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 497, ambos del Código Orgánico Procesal Pen.....