DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamiento antes; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL de la ciudadana NAYRENE ISABEL ZAMORA MARCANO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, lugar de nacimiento Puerto Ordaz, nacido en fecha 02-03-1986, de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Docente, hijo de Julio Zamora (v) y de Noris Marcano (V), titular de la cédula de identidad Nº V-18.338.691, residenciada en urbanización, Gran Sabana, Manzana 88, casa Nº 06, Sector Core 8, Puerto Ordaz, Guayana, estado Bolívar. Teléfono: 0286-994-8128, por la comisión del delito de los delitos de OBTENCIÓN FRAUDULENTA DE DIVISAS VIOLANDO NORMAS EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sanc.....