En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al ciudadano ARSENIO ANTONIO MARTINEZ DIAZ, quien es de nacionalidad Panameña, natural de Calidonia, fecha de nacimiento el 17 de Febrero de 1948, de 59 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Remolcador Marino, hijo de la Sra. Feliciano Díaz y el Sr. Samaritano Martínez, residenciado en Los Frailes de Catia, sector Mirador, casa Nro. 16, Catia, Municipio Libertador y titular del pasaporte 1125648, como Medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; quedando.....