DECLARA INADMISIBLE, al haber cesado las violaciones de garantías constitucionales, la acción de amparo constitucional interpuesta por el Profesional del Derecho RAFAEL ANDRÉS QUIROZ GONZÁLEZ, en su carácter de Defensor de Confianza de la ciudadana Jusmery López Rosales González, quien se encuentra detenida a la orden de este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 6, ordinal 1°, de la Ley orgánica de Amparo Sobre Derechos y garantías Constitucionales, en contra de la Fiscalía Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a cargo, para el momento en que se generaron los hechos, de la Abogada Luisa Ramírez, por la presunta violación de los artículos 26 y 49, numeral 1°, ambos de la Carta Magna, y 125 y 281, ambos del Código Orgánico Procesal