ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana NERVIS HERNANDEZ en su carácter de Defensora Privada, de los ciudadanos FRANKLIN GREGORIO MENDEZ MILANO y DANNY JOEL ARIAS, contra de la decisión dictada en fecha 12 de Septiembre de 2011, contra de la decisión dictada en fecha 27 de Agosto de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3 en relación con el artículo 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero y artículo 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 458 y 216 ambos del Código Penal, así como del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del mismo texto legal, atribuido al primero de los nombrados.