PRIMERO: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada SOYLETH MAROTTA ESCOBAR, , en su carácter de Fiscal Auxiliar Segundo del Ministerio Público del Estado Vargas, en contra del fallo dictado en fecha 01 de diciembre del 2015, cuyo auto fundado fue publicado en la misma fecha, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial, mediante el cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA ACCION PENAL, conforme al contenido en los artículos 313, numeral 3, en concordancia con el 34, numeral 4, 300 numeral 2 y 303, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al ciudadano BRIGIDA TAVERAS DE CHOURIO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.526.672, a quien el Ministerio Público le imputo la presunta comisión del delito de CONTRABANDO SIMPLE, previsto y sancionado en el articuloo 7 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en virtud de que se desestimó la acusación fiscal por defecto en su promoc.....