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Decisiones del dia 04/02/2015 |
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N° Expediente :
WP12-O-2015-000001
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N° Sentencia :
16149
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Fecha: 04/02/2015 |
Procedimiento: Acción De Amparo Constitucional |
Partes: SALVADOR ENRIQUE MODUGNO MALDONADO VS. MARÍA ELENA MODUGNO MALDONADO Y SHAOLIN MODUGNO MALDONADO, |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Del Tránsito Y Agrario de la Circunscripción del Estado Vargas, actuando en sede Constitucional, declara, que la acción de amparo no es admisible cuando el presunto agraviado se haya abstenido de ejercer los recursos ordinarios previstos en el ordenamiento jurídico para el supuesto de que se trate, no existiendo constancia en autos del agotamiento de esta vía y de razones que justificaran su inidoneidad, estamos en presencia de su Improcedencia, por estar incursa en la causal de inadmisibilidad prevista en el cardinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Procede en consecuencia este Tribunal Constitucional a DECLARAR INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por el accionante de autos, por las razones señaladas. Y ASI SE DECIDE"
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Juez/Ponente:
Mercedes Solorzano Martínez
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Organo:
Juzgado Primero en lo Civil
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